Alcalde Sr. Enrique Olivares

Alcalde Sr Enrique Olivares

Sr. Enrique Olivares Farías

Actual alcalde de la comuna de Rauco

Funciones que debe desempeñar

El Alcalde es la máxima autoridad de la Municipalidad y en tal calidad le corresponderá su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento. 

OBJETIVO 

Es administrar la Comuna, para satisfacer las necesidades locales y promover el desarrollo y progreso económico, social y cultural de la Comuna. 

ATRIBUCIONES 

– Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad. 

– Proponer al Concejo la organización interna de la municipalidad. 

– Nombrar y remover a los funcionarios de su dependencia de acuerdo con las normas estatutarias que los rijan. 

– Aplicar medidas disciplinarias al personal de su dependencia, en conformidad con las normas estatutarias que los rijan. 

– Administrar los recursos financieros de la municipalidad, de acuerdo con las normas sobre administración financiera del Estado. 

– Administrar los bienes municipales nacionales de uso publico de la comuna que corresponda en conformidad a esta Ley. 

– Otorgar, renovar y poner termino a permisos municipales. 

– Adquirir y enajenar bienes muebles. 

– Dictar resoluciones obligatorias de caracter general a particular. 

– Delegar la facultad para firmar, bajo la formula “Por orden del Alcalde”, sobre materias especificas. 

– Coordinar el funcionamiento de la municipalidad con los órganos de la Administración del Estado que corresponda. 

– Coordinar con los servicios públicos la acción de estos en el territorio de la comuna. 

– Ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios para el adecuado cumplimiento de las funciones de la municipalidad y de lo dispuesto en el articulo 34 de la Ley Nº 18.575. 

– Convocar y Presidir el Concejo, así como el Consejo Económico y Social comunal. 

– Someter a plebiscito las materias de administración local de acuerdo a lo establecido en los artículos 99 y siguientes de la Ley 18.695. 

– Autorizar la circulación de los vehículos municipales fuera de los días y horas de trabajo, para el cumplimiento de las funciones inherentes a la municipalidad.

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